Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Exclusión. La recurrente denuncia vulneración de los artículos 139.1;140.1 a); 145.5 y 7 LCSP así como de lo estipulado en el PCAP y en el PPT. Doctrina del carácter de los pliegos como "lex contractus" y la obligación de los licitadores de ajustarse a los pliegos y documentación que rige la licitación, suponiendo la presentación de la proposición la aceptación incondicional del contenido de las cláusulas. El apartado 7 del PPT exigía, en el caso de tratarse de máquinas remanufacturadas, la aportación de certificados que avalen que el proceso que siguen esos equipos asignados al contrato para devolverlos a su estado de fabricación y de condiciones estéticas originales, extremo este que no fue subsanado por la recurrente que solamente aportó una declaración responsable en la que indicaba expresamente que los equipos propuestos habían sido devueltos a su estado original y habían sido revisados bajo los exigentes estándares de calidad. No cabe imputar a la mesa la arbitrariedad que se denuncia. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 551/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Oferta anormal o despropocionada. Se alega incumplimiento por parte de la persona adjudicataria por haber modificado su oferta y por no contemplar el coste de pagar las vacaciones al personal laboral. Discrecionalidad técnica. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 616/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónExclusión. La recurrente forma parte de una UTE cuya oferta fue excluida del procedimiento de licitación. Una de las entidades que conforman la UTE es un medio propio de determinada Comunidad Autónoma. En los estatutos de la sociedad se determina el objeto social delimitándolo a un ámbito geográfico concreto y con la finalidad de dinamizar el ámbito empresarial de concreto territorio. Doctrina sobre la interpretación de la adecuación del objeto social de una licitadora al objeto del contrato. No existe infracción en la actuación de la mesa de contratación. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 618/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Solvencia. Es contrario a Derecho incluir determinadas cláusulas de pliegos que exigen la aportación de un certificado determinado sin admitir otros equivalentes, pues con ello se vulneran los principios de igualdad, libre competencia y concurrencia. No aceptar certificados equivalentes, restringe de forma injustificada la participación de otros licitadores. Estimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 4/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónActo de trámite cualificado. Exclusión. Plazos de presentación de documentos:cómputos. El PCAP en su cláusula 9 expresa que la documentación cuando sea enviada por correo “se estará a lo dispuesto en el artículo 80.4 RGLCAP, deberá comunicarse mediante correo electrónico o fax al Ayuntamiento, siendo el correo electrónico el corporativo de Secretaria que figura en el anuncio de licitación”. En este sentido alega que entidad recurrente no anunció el día 3 de diciembre de 2024 que se remitía la oferta por correo, sino que lo hizo el día siguiente, y además a un correo personal de un trabajador del Ayuntamiento. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 5/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónDeclaración de desierto: equiparado a la adjudicación. Siendo el acto impugnado la adjudicación, el interés legítimo de la recurrente en la interposición del recurso solo podrá admitirse si la eventual estimación de sus pretensiones condujera finalmente a la adjudicación a su favor del presente contrato. Es decir, la recurrente no obtendría beneficio inmediato, más allá de la satisfacción moral de que se admitan sus pretensiones. En ese caso, no procedería la estimación del recurso por falta de legitimación de aquélla. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 645/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: OtrosTipo de resolución: InadmisiónDeclaración de desierto: equiparado a la adjudicación. Incumplimiento de prescripciones técnicas en cuanto al equipo de trabajo. Alegaciones imprecisas en cuanto al valor de los convenios colectivos, jerarquía normativa. Doctrina al respecto. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 644/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: OtrosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación.Legitimación ad procesum sí pero no ad causam:no pide la adjudicación para sí, sino la anulación del procedimiento. Denuncia errores en la asignación de puntos en la valoración, pero se le ha asignado la máxima a la entidad recurrente y al adjudicatario. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 641/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Respecto del incumplimiento por la oferta de la adjudicataria del lote 5 de las prescripciones técnicas establecidas en el PPT, el reconocimiento formulado por el órgano de contratación debe considerarse como un allanamiento a las pretensiones formuladas en el recurso. Análisis por el Tribunal a la luz de lo dispuesto en el artículo 75.2 LJCA: el reconocimiento del órgano de contratación al valorar el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos no supone una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico para que no resulte obligada la aceptación del allanamiento. La estimación de la pretensión principal y la consiguiente anulación de la resolución de adjudicación y la exclusión de la oferta de la adjudicataria, lo que sitúa a la recurrente en condiciones de obtener la adjudicación del contrato, hace innecesario que este Tribunal se pronuncie sobre el resto de las pretensiones ejercitadas con carácter subsidiario. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 639/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónActo de trámite cualificado. Exclusión. Error en la oferta: precio ofertado superior al presupuesto de licitación. No es un error material de la oferta sin consecuencias respecto de la igualdad de trato de las partes. La entidad recurrente alega que el secreto de la oferta depende de los funcionarios. Se evidencia que se ha producido la revelación de las ofertas económicas antes de la apertura del sobre 2, lo cual es concluyente para este Tribunal para desestimar el recurso. Se alega por la recurrente que en cuanto al documento que presentó para tener por no formulada la documentación aclaratoria de la oferta (donde se veían los precios), posteriormente se desistieron. No existe desistimiento del trámite, 94 LPACAP. Los actos del recurrente imposibilitaron la efectiva aplicación de lo dispuesto en el artículo 146.2 LCSP, y que la recurrente infringió el carácter secreto de su proposición económica en los lotes afectados, ex artículo 139.2 LCSP). Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 613/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
Paginación
- ‹ Anterior
- …
- 1
- ...
- 90
- 91
- 92
- ...
- 637
- …
- Siguiente ›