Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 06/04/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social

Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica denominada «Proyecto de cierre de L.A.M.T. “Alhama-Cacín” entre apoyos A342068 y A656810, sita en Parajes “Turro” y “Romeral”. t.m. de Cacín y Alhama de Granada (Granada)». Expte. núm. E-6153; 13266/AT; AAU/GR/022/24. (PP. 558/2026).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 5 de mayo de 2022, E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., CIF: B82846817 y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Escudo del Carmen, núm. 31, 18009 Granada, solicitó la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto denominado «Proyecto de cierre de L.A.M.T. “Alhama-Cacín” entre apoyos A342068 y A656810, sita en Parajes “Turro” y “Romeral”. T.m de Cacín y Alhama de Granada (Granada)».

Junto a su solicitud, el peticionario aportan entre otros, proyecto de la instalación, y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 173, de fecha 9 de septiembre de 2025, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 192 de fecha 8 de octubre de 2025, y publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía para que en el plazo de treinta días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Tercero. Durante el período de información pública no se han presentado escritos de alegaciones.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Excelentísimos Ayuntamientos de Cacín y Alhama de Granada, Oficina de Ordenación del Territorio de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Consta en el expediente la conformidad del promotor ante los condicionados expresados por los citados organismos.

Quinto. El 12 de marzo de 2026 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante, de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 6 de marzo de 2026, con núm. expediente AAU/GR/022/24, por el que se otorga autorización ambiental unificada a E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., para las actuaciones contempladas en el Proyecto denominado «Cierre de L.A.M.T. “Alhama-Cacín” entre apoyos A342068 y A656810, sita en Parajes “Turro” y “Romeral”. T.m. de Cacín y Alhama de Granada (Granada)», y se emite evaluación de impacto ambiental Viable a la realización de las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho Informe.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que se cita.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., con NIF núm. B82846817 y domicilio social en la calle Escudo del Carmen, núm. 31, de Granada.

Objeto de la petición: Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de la instalación denominada «Proyecto de cierre de L.A.M.T. “Alhama-Cacín” entre apoyos A342068 y A656810, sita en Parajes “Turro” y “Romeral”. T.m de Cacín y Alhama de Granada (Granada)».

Características: Cierre de líneas existentes con nueva línea aérea de media tensión 20 kV, emplazadas en parajes «Turro» y «Romeral», términos municipales de Cacín y Alhama de Granada, con las siguientes características:

• Tendido de 1.381 metros de circuito con conductor 47AL1/8-ST1A (antes LA-56).

• Instalación de 6 nuevos apoyos tipo Celosía metálica galvanizada RU, montaje en simple circuito con separación de fases 2,40 metros (montaje en tresbolillo), crucetas atirantadas de 1,50 y 1,75 metros de longitud y aisladores poliméricos de L>1 metro, con puesta a tierra de los apoyos.

• Desmontaje de 1 apoyo metálico existente (A656810), siendo sustituido.

• Instalación de Interruptor seccionador SF6, en el apoyo proyectado núm. 5.

• Adopción de medidas antielectrocución para protección de Avifauna en el tramo proyectado:

• Horizontal: Aisladores poliméricos de L > 1 metro.

• Vertical: Aisladores poliméricos de L > 0,75 metro.

• Dispositivos de maniobra: Forrado de puentes flojos.

• Adopción de medidas anticolisión consistente en cintas de neopreno.

Según proyecto firmado por el Ingeniero Técnico Industrial don Jesús Romero Molina, colegiado núm. 3190 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Jaén.

Presupuesto: 33.411,38 €.

Finalidad: Acometer el cierre de L.A.M.T. existente para una mejora de la seguridad y calidad del suministro electrico en la zona, proponiéndose la instalación de nuevos apoyos de celosía y tendido de conductor de sección 47AL1/8-ST1 (LA-56), así como la instalación de aisladores poliméricos en los nuevos apoyos.

Segundo. La autorización administrativa de construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los organismos afectados.

2. Se establece un plazo previsto de ejecución de la obra de 18 meses, a contar desde la obtención de todos los permisos necesarios para la construcción de esta instalación.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (autorización ambiental unificada núm. Expte.: AAU/GR/022/24) de fecha 6.3.2026, quedan incorporadas a esta resolución por la que se otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción al proyecto de ejecución del «Cierre de L.A.M.T. “Alhama-Cacín” entre apoyos A342068 y A656810, sita en Parajes “Turro” y “Romeral”. T.m. de Cacín y Alhama de Granada (Granada)». El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en el siguiente enlace: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.

Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Granada, 12 de marzo de 2026.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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