Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
6411 recursos disponibles
- Adjudicación. Desistimiento del recurso. Aceptación del desistimiento y conclusión del procedimiento de recurso.Fecha:Número de recurso: Recurso 207/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desistimiento
- Pliegos. Subrogación del personal, régimen jurídico del artículo 120 TRLCSP, el órgano de contratación facilita la información exigible. Modificación del personal facultativo con el previo consentimiento del responsable del contrato. Necesidad de verificar por parte del responsable del contrato si el nuevo personal que, en su caso, vaya a prestar sus servicios cumple los requisitos de titulación exigidos en el pliego. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 177/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desestimación
- Pliegos. Licitaciones que satisfacen necesidades de distinta naturaleza e independientes entre sí, el órgano de contratación no tiene obligación de licitar conjuntamente ambos servicios. Recurso que carece de fundamento material y jurídico en orden a la anulación del acto impugnado. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 141/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Exclusión. Reclamación en materia de contratación de la Ley 31/2007 de los sectores excluidos. En la fase de valoración de las ofertas no se han utilizado criterios distintos a los establecidos en el pliego. El acto de notificación verbal no deja constancia fehaciente de que el contenido íntegro del mismo haya sido conocido adecuadamente por el notificado. Motivación insuficiente de la notificación de la adjudicación. Anulación del acto de notificación de la adjudicación sin necesidad de anular el acto de adjudicación. Estimación parcial.Fecha:Número de recurso: Recurso 166/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
- Pliegos y demás documentos contractuales. Legitimación no licitadoras. Los contratos del sector público a los que es de aplicación el TRLCSP distintos al de obra, de suministro de fabricación de armamento y de equipamiento de las Administraciones Públicas, solo podrán ser objeto de revisión de precios periódica y predeterminada, siempre que el período de recuperación de la inversión del contrato sea igual o superior a cinco años y se cumplan el resto de requisitos previstos en el artículo 9 del Real Decreto 55/2017, entre el que se incluye para los de precio igual o superior a cinco millones de euros un informe preceptivo valorativo de la estructura de costes, emitido por el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado o por el órgano autonómico consultivo en materia de contratación pública si existiera. Estimación parcial.Fecha:Número de recurso: Recurso 160/2017Tipo de contrato: Concesión de Servicio – G.S.P.Acto recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación Parcial
- Adjudicación: se han rebasado los límites de la discrecionalidad técnica en la valoración de las ofertas con arreglo a los criterios evaluables mediante un juicio de valor. Existencia de arbitrariedad. Al estar abiertas y valoradas las ofertas económicas de los licitadores, no es posible efectuar una nueva valoración técnica de las ofertas, sino que procede la anulación de todo el proceso de licitación. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 146/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. El Precio de licitación se ha determinado adecuadamente en cumplimiento del mandato del artículo 87.1 del TRLCSP. No se constata la existencia de error o arbitrariedad que lo invalide. Respeto al principio de eficiencia y a los objetivos de estabilidad presupuestaria y control del gasto que se consignan en el artículo 1 del TRLCSP. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 147/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Oferta con valores anormales o desproporcionados. Análisis de la jurisprudencia relativa a la motivación respecto a la admisión de un licitador cuya oferta resulta incursa inicialmente en valores anormales o desproporcionados. El informe del servicio técnico de la Administración sobre viabilidad de la oferta goza de la presunción iuris tantum de acierto y razonabilidad, salvo prueba de error, arbitrariedad o falta de motivación. La recurrente realiza un juicio técnico paralelo y alternativo. Discrecionalidad técnica. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 136/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. el PCAP exige el cumplimiento de un doble requisito para la valoración de las ofertas con arreglo a un criterio de evaluación automática: la oferta adjudicataria solo cumple uno de los dos requisitos y no debió ser valorada en el criterio en cuestión. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 161/2017Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. Precio unitario ofertado supera el precio unitario máximo de licitación. No existe error material. La oferta económica es clara y precisa, no siendo exigible al órgano de contratación solicitar aclaración alguna. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 171/2017Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
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