Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Desistimiento: Acto finalizador susceptible de recurso. 130 LCSP, falta de comunicación de datos del personal a subrogar. No es una infracción del Ordenamiento Jurídico suficiente para poder considerar nula la adjudicación y por ello desistirse de un procedimiento de contratación, sin existir culpa del licitador que ha resultado adjudicatario. Estimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 100/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Desistimiento de la recurrente como medio de terminación del procedimiento del recurso especial, por lo que ha de estarse a la regulación que sobre tal materia contiene la LPACAP, 56.1.LCSP. En este sentido, el artículo 84.1 de la LPACAP establece que “Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad”. Aceptación del desistimiento. Declaración de concluso.
Fecha:Número de recurso: Recurso 92/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesistimientoExclusión. Prohibición de contratar prevista en el artículo 71.1 d) LCSP. Plan de igualdad adaptado a la normativa vigente e inscrito. Vigencia indicada en el REGCON hasta enero de 2024, si bien cuando se adoptó el acuerdo de exclusión el plan estaba en período de prórroga, según el propio texto aprobado e inscrito. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 84/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: EstimaciónActo de trámite cualificado.örgano de contratación allanamiento art. 75.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 75LCSP, no existen restricciones ab initio, sin perjuicio del análisis que se efectúe en cada supuesto concreto, a la posibilidad de integración de la solvencia con medios externos Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 96/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. La cuestión controvertida en la presente impugnación es idéntica a la examinada en la Resolución 92/2024 de este Tribunal por tratarse del mismo licitador que fue excluido de la misma licitación, en este caso, respecto del lote 2. El plan de igualdad aportado por la entidad adjudicataria no se encuentra adaptado a la normativa actual e inscrito en el REGCON al tiempo de finalización del plazo de presentación de ofertas. El licitador en el tramite de subsanación concedido, tampoco acreditó disponer de un PI adaptado e inscrito, o al menos, la solicitud con una antelación de tres meses a la fecha del requerimiento de subsanación. La circunstancia de incurrir en prohibición para contratar prevista en el artículo 71.1 d) no determina la exclusión automática del licitador. El licitador afectado puede acreditar su fiabilidad empresarial en un momento posterior del procedimiento de adjudicación. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 85/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Desistimiento del órgano de contratación. Órgano de contratación desiste del procedimiento de adjudicación del contrato citado en el encabezamiento, al amparo de lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP.56 LCSP: remisión a LPAC. 75.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ha anulado los pliegos. Declaración de concluso.
Fecha:Número de recurso: Recurso 88/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesistimientoAdjudicación. La recurrente denuncia que la oferta de la adjudicataria, respeto de las agrupaciones 6 y 46 del acuerdo marco impugnado, ha incluido en el sobre 2 información que solamente debería figurar en el sobre 3 con vulneración de los principios de igualdad de trato, imparcialidad, objetividad y secreto de las proposiciones. Examen por el Tribunal que concluye, a la vista de la doctrina sobre el asunto contenida en la Resolución 334/2022 que no cabe hacer una interpretación tan restrictiva que permita inferir un anticipo de información que pudiera revelar claramente información sobre el criterio de evaluación automática ni respecto del criterio de renovación tecnológica, ni respecto del criterio que valora el porcentaje de lotes con reactivos específicos que estén listos para su uso con lo que se desestima el motivodel recurso respecto de las citadas agrupaciones 6 y 46. Análisis del segundo motivo de impugnación a la luz de la doctrina del Tribunal sobre el incumplimiento del PPT contenida por todas en la Resolución 238/2018: no ha quedado acreditado por la recurrente que la oferta de la adjudicataria incurra en un incumplimiento claro y expreso. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 80/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Desistimiento del órgano de contratación. Órgano de contratación desiste del procedimiento de adjudicación del contrato citado en el encabezamiento, al amparo de lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP.56 LCSP: remisión a LPAC. 75.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo. Los criterios de adjudicación conforme al artículo 116.4 c) de la LCSP, se estima una posible vulneración del artículo 145.5 y 145.6 de la LCSP, de tal modo que no queda justificada la necesaria vinculación de los mismos con el objeto del contrato. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 86/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónActo de trámite cualificado. Exclusión .Cuantía inferior a 3 millones de euros, obras, no susceptible de recurso especial. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 83/2024Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. La recurrente discrepa de la valoración de su oferta respecto de un criterio de adjudicación. La falta de concordancia entre lo declarado y lo acreditado pudo alertar al órgano de contratación de un posible error material para promover la subsanación de dicha documentación en base al principio de proporcionalidad. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 78/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación
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